El imputado les ofreció alojamiento y trabajo en la "Chacra Vannicola", un establecimiento hortícola ubicado en Centenario, Neuquén. Si bien les prometió costear sus pasajes desde San Salvador de Jujuy hasta el lugar, en el trayecto dejó de responder sus llamados, obligando a las víctimas a trasladarse por sus propios medios hasta Buenos Aires. Desde allí, Quispe Condori finalmente les cubrió el viaje hasta Cinco Saltos, en Río Negro, donde los recogió el 8 de agosto de 2019 y los llevó hasta la chacra.
Desde esa fecha y hasta el 25 de febrero de 2021, los damnificados fueron sometidos a condiciones de explotación laboral: trabajo no registrado, encuadre abusivo bajo la figura de "mediero", falta de provisión de ropa y herramientas, ausencia de beneficios sociales y salariales por debajo de lo estipulado en el convenio colectivo de la actividad.
Una investigación impulsada por una denuncia anónima
El caso se destapó el 23 de febrero de 2021, cuando un representante del Sindicato de Trabajadores Rurales (UATRE) denunció ante la Fiscalía Federal N° 2 la existencia de personas en condiciones de explotación en la chacra. A partir de ello, se activaron diligencias por parte del Ministerio Público Fiscal, incluyendo allanamientos y la intervención del Programa Nacional de Rescate y del Centro de Asistencia a las Víctimas.
Tras un proceso de cuatro años, la fiscal Luisina Tiscornia, el defensor público de Víctimas Pedro Pugliese y el abogado del imputado, Pablo Repetto, presentaron un acuerdo económico que evitó la instancia de juicio oral, en línea con el pedido de las víctimas, quienes no exigían una pena de prisión, pero sí una reparación económica.
El fallo y su justificación
Durante la audiencia, el juez Cabral destacó que el delito en cuestión se enmarca dentro de la trata de personas con fines de explotación laboral, delito que la legislación argentina asimila a la esclavitud. Sin embargo, subrayó que el caso presentaba "un problema eminentemente cultural", ya que tanto el imputado como las víctimas, al provenir de Bolivia, tenían una concepción diferente sobre los derechos laborales y la explotación.
“El Sr. Quispe es boliviano, donde las condiciones laborales son distintas a las de este país, tanto es así que tanto victimario como víctimas no se sienten como tales”, expresó el magistrado. Aclaró que el imputado desconocía que su accionar constituía un delito y que, de hecho, ninguna de las víctimas quería que fuera encarcelado.
Finalmente, el tribunal aceptó el acuerdo de reparación, estableciendo que Quispe Condori deberá abonar 1.800.000 pesos a cada una de las siete víctimas en un único pago dentro de los diez días hábiles posteriores a la firmeza de la resolución. El monto será depositado en una cuenta judicial del Banco Nación. El fallo marca un precedente en la aplicación de medidas alternativas en casos de explotación laboral, priorizando la reparación económica como mecanismo de justicia para las víctimas.
Fuente: Infobae.