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Eje único en el SISA: Se elimina definitivamente el uso del antiguo RUCA como referencia. Ahora, tener un "estado de planta activo" en el SISA es el único requisito para emitir Cartas de Porte Electrónicas (CPE), tanto para camiones como para trenes.
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Sujetos habilitados: Podrán solicitar los comprobantes los productores registrados y operadores con plantas habilitadas y activas en el sistema.
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Beneficio para fletes cortos: Se mantiene la "Carta de Porte Automotor Flete Corto" para productores en estados 1 o 2 del SISA, facilitando traslados de cercanía entre campos y acopios propios.
Desregulación para derivados y procesos industriales La mayor simplificación llega para el movimiento de aceites, harinas y otros subproductos. La normativa elimina la obligatoriedad de la Carta de Porte Electrónica de Derivados Granarios (CPEDG) en los siguientes casos:
- Entregas directas en planta.
- Traslados internos mediante ductos o cintas transportadoras.
- Movimientos por medios terrestres que no sean camión o tren dentro de complejos industriales.
Controles más severos Aunque la medida reduce el papeleo, endurece la vigilancia sobre la transparencia. Los operadores que falseen declaraciones o excedan los pesos máximos permitidos enfrentarán la inactivación inmediata en el SISA, lo que significará la exclusión total del mercado comercial de granos.
Fuente: Noticias Argentinas.