“A partir de la declaración de inconstitucionalidad del Título IV (artículos 53 a 97) del DNU por parte de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, y encontrándose en estudio por parte de la CSJN, las tres entidades empresarias expresan la necesidad de derogar todos los artículos que contemplan multas económicas y que son los principales generadores de la litigiosidad laboral”, indicaron en un comunicado de prensa.
Para las entidades la normativa vigente en cuánto a las penalidades en los despidos “dificultan la generación de empleo genuino, al enfrentar a las pymes con la contingencia de afrontar una erogación que el propio negocio es incapaz de generar”.
“Las multas económicas provocan una afectación económica de enorme relevancia, comprometiendo seria, injusta y desproporcionadamente a las empresas y a la sociedad en su conjunto”, señalaron las tres entidades.
En esa línea enfatizaron que “el peor error de política legislativa en materia social y económica de la historia del derecho del trabajo en la Argentina, en tanto disuadieron a los empleadores de contratar de un modo muy trascendente”.
“La opinión y la colaboración manifestadas por SRA, CAME y CONINAGRO es únicamente relativa a la parte del derecho individual del trabajo, excluyendo de forma expresa toda vinculación con el Derecho Colectivo del Trabajo”, aclararon.