Cerezas de Chile: El desastre del Maersk Saltoro termina con pérdidas de US$160 millones
El fallo del Tribunal Constitucional confirmó que las exportadoras de cerezas recibirán solo cerca del 10% de la millonaria pérdida.
En una decisión unánime, el Tribunal Constitucional de Chile rechazó el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por siete empresas exportadoras de cerezas Maersk Saltoro en el denominado caso Maersk Saltoro, una controversia que ha captado la atención del sector agrícola, jurídico y marítimo debido a las millonarias pérdidas involucradas.
El fallo, adoptado con ocho votos a favor, confirmó la vigencia y constitucionalidad de diversas normas del Código de Comercio que regulan la limitación de responsabilidad en el transporte marítimo. En concreto, el tribunal validó los artículos 889 Nº 3, 895 Nº 2 b), 902 y 1217, los cuales permiten que el armador o transportista limite su responsabilidad mediante la constitución de un fondo especial.
Esta resolución tiene efectos directos sobre el monto de las indemnizaciones que deberán recibir las empresas afectadas por la pérdida de un cargamento de cerezas chilenas, valuado en más de 160 millones de dólares. Con la decisión del Tribunal Constitucional, se mantiene el tope legal previamente establecido, fijado en aproximadamente 15,2 mil millones de pesos chilenos, cifra que representa cerca de un 10% del valor real del embarque destruido.
El origen del conflicto
El caso se remonta al 13 de enero de 2025, cuando el portacontenedores Maersk Saltoro, vinculado a una naviera danesa, sufrió una avería en plena navegación por el océano Pacífico, a la altura de Micronesia. El incidente dejó a la nave a la deriva durante más de 20 días, alterando gravemente el cronograma del viaje.
La embarcación transportaba más de cinco millones de cajas de cerezas chilenas con destino a China, en el marco del servicio denominado “Cherry Express”. Este tipo de transporte contempla el pago de una tarifa adicional por parte de los exportadores, a cambio de un traslado directo y rápido, especialmente diseñado para productos perecibles de alta demanda estacional.
El Maersk Saltoro había zarpado desde el Puerto de San Antonio el 27 de diciembre de 2024 y debía arribar a China el 15 de enero de 2025, en una fecha estratégica para la comercialización de cerezas durante las celebraciones del Año Nuevo Chino. Sin embargo, la avería alteró completamente el itinerario: la nave recién logró atracar el 17 de febrero en el puerto de Nansha, más de un mes después de lo previsto.
Pérdidas totales de la carga
El retraso tuvo consecuencias devastadoras. Al llegar a destino, las autoridades sanitarias chinas inspeccionaron la carga y determinaron que las cerezas no se encontraban en condiciones aptas para el consumo. Como resultado, se ordenó la destrucción total del cargamento.
Este desenlace no solo significó la pérdida de uno de los envíos más importantes de la temporada, sino también un fuerte golpe para las exportadoras involucradas, que esperaban capitalizar la alta demanda y los precios favorables del mercado chino en esa época del año.
A partir de este hecho, se inició un complejo proceso judicial que involucra a diversas partes, entre ellas la naviera Maersk A/S, el propietario de la nave Argosy PTE. LTD. y el armador Sinergy Marine PTE. LTD.
Argumentos de las exportadoras
Las empresas exportadoras afectadas recurrieron al Tribunal Constitucional argumentando que las normas que permiten limitar la responsabilidad del transportista vulneran garantías fundamentales consagradas en la Constitución chilena.
cerezas mercado chino
Un viaje que prometía ventas récord terminó en una de las pérdidas más grandes del negocio exportador chileno.
Entre sus principales alegatos, sostuvieron que este sistema infringe la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad y la garantía de reparación integral del daño. Según su postura, el mecanismo de limitación las obliga a aceptar compensaciones que cubren solo una fracción de las pérdidas efectivamente sufridas.
Además, señalaron que, de no existir este límite legal, cada empresa podría haber demandado individualmente por el total de los perjuicios, lo que habría permitido acceder a indemnizaciones mucho más cercanas al valor real del cargamento perdido.
La postura del Tribunal
Pese a estos argumentos, el Tribunal Constitucional concluyó que la limitación de responsabilidad en el transporte marítimo es una institución ampliamente reconocida en el derecho internacional y cumple una función legítima dentro del sistema económico global.
En su fallo, el organismo sostuvo que este mecanismo busca proteger la viabilidad del transporte marítimo, evitando que incidentes ocurridos en alta mar —muchas veces imprevisibles— puedan llevar a la ruina financiera a las empresas navieras.
De acuerdo con el tribunal, las normas cuestionadas no vulneran la Constitución, ya que establecen un equilibrio entre los intereses de los cargadores y la necesidad de asegurar la continuidad de una actividad esencial para el comercio internacional.
Impacto de la decisión
Con el rechazo del requerimiento, se mantiene vigente el sistema de reparto proporcional del fondo de limitación de responsabilidad, tal como fue autorizado el 7 de marzo de 2025 por el Quinto Juzgado Civil de Valparaíso.
Esto implica que las exportadoras deberán repartirse el monto total disponible —los ya mencionados 15,2 mil millones de pesos— en proporción a sus respectivas pérdidas, consolidando una compensación significativamente inferior al daño total estimado.
cerezas Maersk Saltoro
Una avería dejó al buque a la deriva por semanas y cambió por completo el destino del cargamento.
Para el sector exportador, la decisión marca un precedente relevante, ya que reafirma la aplicación de normas tradicionales del derecho marítimo incluso en casos de pérdidas extraordinarias como este. Asimismo, abre el debate sobre la necesidad de revisar los mecanismos de aseguramiento y contratación en el transporte de productos perecibles de alto valor.
Un caso que deja lecciones
El caso Maersk Saltoro pone en evidencia los riesgos inherentes al comercio internacional y la dependencia de factores logísticos que pueden escapar al control de los exportadores. También deja en claro la importancia de los marcos legales que regulan estas actividades, así como las tensiones entre la protección de la inversión privada y la estabilidad de industrias estratégicas.
Mientras las empresas afectadas deberán conformarse con una indemnización limitada, el fallo del Tribunal Constitucional reafirma la vigencia de un sistema que prioriza la sostenibilidad del transporte marítimo global, incluso a costa de compensaciones completas en situaciones de pérdida.
El desenlace judicial, aunque adverso para las exportadoras, establece un punto de referencia para futuros conflictos similares y plantea interrogantes sobre cómo equilibrar de mejor manera los derechos de los actores involucrados en una cadena de comercio cada vez más compleja y exigente.
Fuente: Portal Portuario con aportes de la Redacción +P.