El acta fue firmada en Mar del Plata por Emilio Bravo, Damián Basaill, Alejandro Leiva y Santiago González por el sindicato, y por Fernando Manuel Rivera, Presidente de la Cámara De La Industria Pesquera Argentina, y Diego Antonio García Luchetti, Presidente de la Cámara Argentina De Armadores De Buques Pesqueros De Altura.
Desde el sindicato se calificó el acuerdo como un “paliativo con la flota fresquera de altura” y que el mismo constituye “un paso hacia la normalización”. Desde el SOMU se destacó que “logramos un acuerdo clave con CAIPA y CAABPA que garantiza la continuidad de la temporada de langostino”. En cuanto al 70% del salario que pasa a no remunerativo, para la conducción sindical, algo que “alivia fiscalmente a ambas partes”. Esto se relaciona con que el haber de bolsillo de los marineros, durante los 4 meses de la temporada de langostino, por ejemplo, rondaba los 14 millones de pesos y recibían fuertes descuentos por Impuesto a la Ganancia.
En el centro de la polémica se encuentra un viejo Convenio Colectivo que fija un ingreso para el trabajador de 3,5 centavos de dólar por kilo de langostino procesado, más allá de la cotización internacional de la tonelada de ese producto. EL convenio se firmó cuando se pagaba entre 9 y 12.000 dólares, y ahora la tonelada de langostino se ubica en torno a los 5.500 dólares.
Durante las deliberaciones, los empresarios expusieron que “de mantenerse las condiciones actuales es imposible la continuación de las tareas de pesca de la flota fresquera, con la consiguiente pérdida de ingresos para el personal ocupado, el consiguiente perjuicio económico para la empresa imposibilitada de realizar sus tareas, el grave perjuicio que la falta de provisión de materia primara ocasiona a las plantas elaboradoras en tierra, con el consiguiente perjuicio para su personal y, además, la pérdida de ingresos para el Estado Nacional por las exportaciones que no se podrán realizar”.
Uno de los párrafos centrales del acuerdo, indica que “ambas partes entienden que esta situación no es propia del riesgo empresario de la actividad (mayores costos de producción y abrupta caída de los precios internacionales), por tanto, las empresas se encuentran en una situación de extrema emergencia”.
Se aclaró que el acuerdo es temporal y que “el 30 de septiembre de 2025, cesarán todas las condiciones del presente acuerdo”, y que durante ese lapso de tiempo los salarios “se abonarán en un 70% en carácter no remunerativo”. Los salarios de los tres meses previos, durante los cuales fue escalando el conflicto, “se liquidarán con los salarios vigentes al 28/02/2025”, pero “desde junio de 2025, las remuneraciones que por todo concepto correspondan al tripulante; se liquidarán con un 30% de carácter remunerativo y un 70% de carácter no remunerativo”.