Vigencia y escalonamiento salarial en tramos
La Resolución 219/2025, cuya fecha de emisión es el 29 de septiembre de 2025, establece que los nuevos valores se aplicarán de forma escalonada, divididos en tres tramos.
La vigencia de estas remuneraciones mínimas y del tope indemnizatorio asociado abarca desde el 1° de septiembre de 2025 y se extiende hasta el 31 de julio de 2026.
Los tres momentos clave para la implementación de los ajustes son:
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A partir del 1° de septiembre de 2025.
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A partir del 1° de octubre de 2025.
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A partir del 1° de noviembre de 2025.
Es relevante notar que, una vez vencidos los plazos de vigencia, las remuneraciones y topes indemnizatorios mantendrán su valor hasta que una nueva Resolución los reemplace.
Las remuneraciones mínimas para las categorías de PPC se detallan en los Anexos I, III y V de la Resolución, mientras que los topes indemnizatorios se encuentran en los Anexos II, IV y VI.
Adicional austral, un incremento diferenciado
Si bien las nuevas escalas rigen en todo el territorio nacional, se mantiene una diferenciación salarial crítica para las regiones australes.
Los trabajadores que desarrollan sus tareas en las provincias de Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, recibirán un adicional del 20% sobre las remuneraciones mínimas fijadas para la categoría que revistan.
Cuota de solidaridad gremial
La CNTA, en el marco de esta nueva normativa, también decidió instaurar una cuota aporte de solidaridad gremial. Esta cuota se fija en el 2% mensual sobre el total de las remuneraciones del personal.
Los empleadores actuarán como agentes de retención de esta cuota, la cual deberá ser depositada antes del día 15 de cada mes en la cuenta especial de la U.A.T.R.E. N° 26-026/48 del Banco de la Nación Argentina.
Cabe destacar que los afiliados a la asociación sindical signataria de la presente Resolución están exentos del pago de esta cuota solidaria, que regirá durante la vigencia de la norma.
Finalmente, la CNTA asumió el compromiso de reunirse nuevamente en el mes de noviembre de 2025. El objetivo de este encuentro es analizar las posibles variaciones económicas que hayan ocurrido desde la entrada en vigencia de la Resolución y la potencial necesidad de establecer ajustes sobre las escalas salariales fijadas en el artículo 1°.