Hay que destacar que el artículo fue rechazado en el Senado por 41 votos en contra contra 31 a favor. La versión de la Cámara Baja se impuso y llevó el mínimo no imponible a 1,8 millones de pesos brutos para los solteros (en términos netos, es un salario de 1.494.000 pesos). En el caso de un empleado que tenga cónyuge y dos hijos menores de 18 años declarados a su cargo, el salario bruto más bajo alcanzado por el impuesto sería de 2,3 millones (equivale a un sueldo neto de 1.981.278 pesos). Y si -por dar otro ejemplo- se trata de un empleado que deduce dos hijos menores (y no cónyuge), tributará a partir de una remuneración de 2.057.405 pesos (que equivale a un neto de 1.738.683 pesos).
Así, vuelven a pagar este tributo alrededor de 800.000 trabajadores con alícuotas que van del 5% al 35%. Esta es la nueva Tabla de Ganancias.
La actualización del mínimo se haría de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
La restitución del impuesto a las Ganancias había sido rechazada de forma enfática por los gobernadores de la Patagonia ya que quedarían alcanzados gran parte de sus trabajadores del ámbito privado y estatal debido a que tienen sueldos altos por el régimen salarial de las zonas desfavorables y las actividades que realizan.
Reclamos judiciales por Ganancias
Sindicatos anticiparon que judicializarán la restitución del Impuesto a las Ganancias aprobada en Diputados en la La ley de paquete fiscal que reincorpora la cuarta categoría del tributo.
El Senado había rechazado esta parte del proyecto, pero el oficialismo y sus aliados parlamentarios la volvieron a reincorporar y sancionar en Diputados. "Claro que lo vamos a judicializar si avanzan con la sanción. Están creando un tributo por la voluntad de una sola de las Cámaras", manifestó el titular de la Asociación Bancaria y diputado nacional de Unión por la Patria, Sergio Palazzo. En definitiva los gremios -y otras organizaciones- invocarán ante la Justicia, en primera medida, que deben pagar un tributo aprobado por una sola Cámara, lo que desvirtuaría el proceso constitucional previsto para la sanción de leyes (transformando el Congreso en unicameral para la instauración de un impuesto). La escala final, cuando no, será la Corte Suprema. En el camino, podrían llover fallos dispersos que le dan la razón a los reclamantes, lo que terminará por transformarse en una pesadilla recaudatoria.