En el amparo, firmado por la presidenta de la Federación de Sociedades Rurales de Río Negro, Nora Lavayén, y por el abogado y productor Javier Perote, se expresa que buscan “la salvaguarda de los derechos civiles y constitucionales de propiedad y de legalidad, contra el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria”.
Al ser de aplicación inmediata la nueva resolución, la dirigencia advirtió que no tuvo tiempo ni de poder ejercer su derecho de defensa. Por eso le advirtieron al juez que la inmediatez “no nos otorga el margen suficiente para aguardar a que el recurso presentado anteriormente sea resuelto, ni revisado, por lo cual no es posible conocer actualmente si el organismo administrativo suspenderá el ejercicio de la norma recurrida, lo cual nos pone en situación inexorable de presentar la presente acción de amparo”.
En el recurso administrativo, le advirtieron al SENASA que la resolución “atenta contra la propiedad (el derecho adquirido), afecta al principio de legalidad, incumple con el deber de consulta pública que ordena el art. 8 bis de la ley 19.549, viola el propio Reglamento para la Elaboración de Proyectos Normativos e incumple con la finalidad de las leyes nacionales Nº 3.959 (de Policía Sanitaria Animal), Nº 24.305 (Programa Nacional de Lucha contra la Fiebre Aftosa) y Nº 27.233, y afecta el estatus sanitario reconocido por la OMSA”.
Roberto Gutiérrez, en declaraciones a La Red Rural, aseguró que la medida del gobierno nacional “es demagógica y política”, y puso en duda la aceptación del público patagónico de los cortes que pueden llegar a ingresar. “Es un asado que sobra de animales grandes, que pesan entre 130 y 150 kilos más de los que consumimos acá, incluso con grasa más amarilla, por eso no sé si el consumidor local la va a aceptar”.
En la barrera, al menos en el puesto de Río Colorado, reinaba una “tensa calma” y no se habrían registrado cargamentos de asado con hueso. Alguien con acceso al mercado de carnes confió que “a partir del lunes sí es posible que comience a pasar”.
En cuanto al amparo, la ilegalidad de la resolución 460/25 argumentada por los ruralistas se basa en que en la ley 24.305 se implementa un programa nacional de "lucha contra la fiebre aftosa" y declara de interés nacional la erradicación de la enfermedad en todo el territorio argentino. “Por ello —cualquier acción o interferencia del gobierno de turno— que sea contraria a los postulados normativos de una ley de jerarquía superior es lisa y llanamente inconstitucional”.
Por eso solicitaron al juez que ponga orden “restituyendo la jerarquía normativa que la resolución ha avasallado sin ningún tipo de reparo ni atención”.