En cuanto a la emergencia en el sector acuícola, como es el de las jaulas instaladas en los lagos artificiales del río Limay para la cría de salmónidos, se argumentó que “hay una disminución de la columna de agua, peligro de rotura de redes, incremento de la carga por metro cúbico, incremento de riesgo de enfermedades y mortandad y un incremento en los costos de producción”, según explicó ante las autoridades nacionales, el Secretario de Producción e Industria, Diego García Rambeaud.
En cuanto a la ganadería, “se registran índices productivos por debajo de los promedios históricos, deterioro del estado corporal de los animales que repercute en los procesos de gestación, parición, destete, y en la cantidad y calidad de las fibras (lana – mohair); y elevada mortandad”.
Por otra parte, en el área forestal, “existe un incremento del estrés hídrico, que repercute en el aumento de la susceptibilidad de ataque de plagas como el Sirex noctilio y se incrementa el peligro de incendios”.
Ahora los productores deberán acudir a las ventanillas del gobierno provincial para adherir a la emergencia, para que luego la provincia remita la información a la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.
Así, podrán acceder a los beneficios que acuerda la ley 26.509 y sus modificatorias, que contempla alivio fiscal y financiero a los productores afectados, permitiendo diferimiento y/o exención de impuestos (Ganancias, Bienes Personales, Monotributo), suspensión de juicios de ejecución fiscal, y planes de pago extendidos (más cuotas) para obligaciones vencidas durante la emergencia.
Esa decisión se plasma en el artículo 5° de la resolución firmada por Caputo, donde se aclara que “las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Economía, arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los artículos 22 y 23 de la ley 26.509 y sus modificatorias”.
Fuente: Redacción +P