cepo cambiario

Nuevas trabas para operar con los dólares financieros

Una resolución de la Comisión Nacional de Valores puso un plazo de 15 días posterior y anterior a las operaciones, con liquidación menor a 48 horas. Aseguran que no impedirá "utilizar el canal bursátil para dolarizarse".

La Comisión Nacional de Valores (CNV) dictó una resolución que pone nuevas restricciones para la operatoria con dólares financieros, aunque aclaró que “no afectará a los inversores que utilizan el canal bursátil para dolarizarse”. No obstante, desde mañana la compraventa de dólar MEP y de contado con liquidación tendrá nuevas limitaciones que se suman al intrincado esquema de controles cambiarios.

La medida, según explicó el organismo regulador, “agrega una limitación a la operatoria en los dólares financieros en diferentes plazos, algo que sólo utilizan inversores sofisticados tratando de obtener una rentabilidad con bajo riesgo. A partir de ahora, para poder comprar un bono denominado en dólares con liquidación en moneda extranjera, en un plazo de liquidación menor que 48 horas, el inversor no tiene que haber vendido en los 15 días anteriores (y se compromete a no hacerlo en los 15 días subsiguientes) bonos soberanos denominados en dólares con liquidación en moneda extranjera”.

Desde la CNV aclararon que la medida “solamente afecta a inversores sofisticados, que suelen realizar operaciones para explotar diferencias de precios de activos iguales o similares en distintas ruedas de negociación”.

“Se torna necesario reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real”, señaló la CNV. La medida busca impedir la compra de bonos en dólares con liquidación en contado inmediato o a 24 horas concertando su venta a 48 horas, una operación destinada a hacer una diferencia en el corto plazo. Por eso, en adelante quienes operen de esa forma deberán esperar 15 días para volver a hacerlo y, a su vez, deberán certificar no haber comprado títulos en dólares en los 15 días anteriores.

Los Agentes de Liquidación y Compensación (Alyc) deberán requerir una Declaración Jurada a los inversores en la que conste el cumplimiento del plazo previo y se asegure el del plazo posterior. Esa exigencia deberá hacerse “en forma previa a concertar las operaciones” para que “conste el cumplimiento de lo aquí establecido”, según la resolución de la CNV, la cual deberá ser conservada en los correspondientes legajos.

Cabe aclarar que la opción de comprar un bono con pesos y venderlo en dólares, todo en contado inmediato, seguirá estando permitida. Esta forma de comprar dólar MEP es la más recomendada en el mercado para dolarizar carteras dentro del mercado formal y sin tener que poner límites a la cantidad de divisas a adquirir, incluso entre el público minorista.

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