Las intimaciones se inician vía notificación electrónica en Domicilio Fiscal Electrónico (DFE), en el cual ARCA requiere una serie de documentos que le permitirán arribar a una resolución fundada.
La detección de personal que correspondería encuadrar en tareas penosas significa el pago de una contribución diferencial que oscila entre un 2% y 5% del total remunerativo, según el Decreto específico que regula la materia.
En tal sentido, la documentación solicitada por el ente fiscalizador puede variar, aunque principalmente busca reconstruir una verdad material: declaraciones juradas de la empresa en las que se informa la descripción de tareas, organigramas, CCT aplicado, nóminas, recibos de sueldo (tarea y categoría), domicilios de explotación, entre otros.
La clave: el encuadre técnico
El punto clave pasa por un correcto encuadre técnico. No todas las tareas o trabajadores de una empresa van a encuadrar en el régimen diferenciado. Por lo tanto, distinguir entre tareas efectivas versus el nombre del puesto hará que se tenga presente un mejor panorama para estos casos.
De hecho, a la inversa tampoco cuenta: categorizar a un empleado con tareas diferenciadas cuando no las realiza tampoco es garantía de que pueda acceder a la jubilación anticipada, pues será ANSES quien determine si es válido o no el encuadramiento.
En ese aspecto, lo que queremos informar cobra sentido cuando indicamos que el análisis no pasa por el simple hecho de estar en empresas cuyos rubros económicos las categoricen como penosas: se busca que en el trabajo exista ejercicio efectivo y continuo de la tarea riesgosa o insalubre.
Las empresas que más sufren este tipo de fiscalizaciones son justamente las de los rubros más expuestos: transporte, salud, minería, pesqueros, químicos, eléctricos, petróleo y gas, construcción.
El "mayor costo"
El verdadero problema de la fiscalización pasa específicamente por la nueva, o eventual, estructura de costos impositivos que afronta la empresa.
Si de la fiscalización surge que el encuadre fue incorrecto, ARCA reliquidará desde el período de análisis, exigiendo la contribución diferencial omitida y hacia adelante.
Se deberán rectificar las declaraciones juradas del F.931, determinar los intereses resarcitorios, y además se sumarán las multas de la RG 1566.
El riesgo también pasa por el lado laboral: que el trabajador reclame el mal encuadre y que eso le perjudique para llegar a jubilarse bajo el régimen diferencial.
Reglas básicas
Con vistas a la contestación del requerimiento, se recomienda tener presente al menos estos puntos:
- Auditar los códigos del "tipo de servicios" en los que se declara cada trabajador en el F.931 – LSD, pues, como vimos, la empresa debería "administrar" a quienes les correspondan las tareas diferenciales.
- Verificar si el CCT de la actividad prevé regímenes de jubilación anticipada o existen Decretos específicos.
- Ante el requerimiento de ARCA, nunca dejar vencer el plazo que prevé la comunicación: contestar con la información disponible o solicitar prórroga, con el fin de trabar la discusión en sede administrativa antes del certificado de deuda.
* S. B. & ASOC.
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