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Ley Penal Tributaria: Actualización de montos mínimos para delitos fiscales en debate

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto que actualiza los valores de la Ley Penal Tributaria y los vincula al Salario Mínimo Vital y Móvil.

Por Gabriel Rotter*

consultorio@csbya.com.ar

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley que actualiza los montos a partir de los cuales se configuran los delitos previstos en la Ley Penal Tributaria N.º 27.430. La iniciativa ahora deberá continuar su trámite legislativo en el Senado y, en caso de ser aprobada, podrá convertirse en ley.

El objetivo central del proyecto es corregir el desfasaje que la inflación generó sobre las sanciones, situación que contó con amplio consenso, obteniendo 226 votos afirmativos y ninguno en contra.

La actualización de los mínimos permitirá a la administración tributaria y a la justicia actuar con mayor previsibilidad al aplicar las sanciones, ya que actualmente estas operan por montos muy bajos que no resultan razonables, generando una desproporción entre el delito y la pena, y al mismo tiempo permitiendo que la justicia se enfoque en casos de mayor relevancia económica.

La propuesta establece un aumento de los montos mínimos previstos para la tipificación de delitos y dispone que, en adelante, dichos valores se actualicen de manera automática tomando como referencia el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM). Es decir, cada vez que se incremente el SMVM, también se ajustarán los importes que determinan la existencia del delito, evitando que queden desfasados por el efecto de la inflación y representando de esta forma la realidad económica.

Si prospera el nuevo proyecto, los montos establecidos para los distintos delitos serán reemplazados por los siguientes —tomando como referencia que el valor vigente del SMVM es de $322.000—:

Para delitos tributarios:

-Evasión simple: pasa de $1.500.000 por tributo y por cada ejercicio anual a 345 SMVM, lo que equivale actualmente a $111.090.000 anuales.

-Evasión agravada: pasa de $15.000.000 por tributo y por cada ejercicio anual a 3.450 SMVM, lo que equivale actualmente a $1.111.900.000 anuales.

-Aprovechamiento indebido de beneficios fiscales: pasa de $1.500.000 en un ejercicio anual a 345 SMVM, lo que equivale actualmente a $111.090.000 anuales.

-Apropiación indebida de tributos: pasa de $100.000 a 23 SMVM, lo que equivale actualmente a $7.406.000 mensuales.

-Simulación dolosa de cancelación de obligaciones: pasa de $500.000 por tributo y por cada ejercicio anual a 115 SMVM, lo que equivale actualmente a $37.030.000 anuales.

Para delitos relacionados con la seguridad social:

-Evasión simple: pasa de $200.000 a 46 SMVM, lo que equivale actualmente a $14.812.000 mensuales.

-Evasión agravada: pasa de $1.000.000 a 230 SMVM, lo que equivale actualmente a $74.060.000 mensuales.

-Apropiación indebida de recursos de la seguridad social: pasa de $100.000 a 23 SMVM, lo que equivale actualmente a $7.406.000 mensuales.

-Simulación dolosa de cancelación de obligaciones: pasa de $100.000 a 23 SMVM, lo que equivale actualmente a $7.406.000 mensuales.

Es fundamental que el proyecto avance y se convierta en ley cuanto antes. Con los montos vigentes, son numerosas las empresas y personas que, aun sin grandes operaciones, pueden quedar alcanzadas por estos delitos penales. Y no se trata de un detalle menor, considerando que las sanciones previstas incluyen penas de prisión.

Cabe recordar que la última actualización de la Ley Penal Tributaria se realizó en 2017. Desde entonces, la inflación ha ido licuando los montos establecidos para los delitos, generando que infracciones de escasa significación económica queden alcanzadas. En este sentido, la incorporación de un sistema de indexación automática atado al SMVM permitirá mantener los montos actualizados sin necesidad de que el Congreso vuelva a tratar este tema en el futuro.

* Contador Público Nacional/C. S. B. & ASOC./www.csbya.com.ar