Ganancias

Si se aprueba la ley, ¿cuánto se pagará Ganancias?

Ya está circulando el borrador de la nueva Ley de Bases y allí la restitución del impuesto a las Ganancias. ¿Cómo se aplicaría en caso de ser aprobado el proyecto en el Congreso?

Esta semana trascendió el texto de la nueva Ley de Bases. Con menos capítulos y artículos, se impulsa el “alivio fiscal” para las provincias, lo cual implica la restitución de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias.

Según las nuevas escalas propuestas, un trabajador soltero con una remuneración bruta de $1.800.000 experimentaría un descuento de $2.791 en concepto de Impuesto a las Ganancias. Por su parte, un trabajador con un sueldo bruto de $2.000.000 pagaría $20.699, mientras que con $2.200.000 abonaría $49.606.

Con una remuneración bruta de $2.231.452, el descuento ascendería a $55.582, y con $2.500.000, el monto a pagar sería de $106.606. Finalmente, con un salario bruto de $3.000.000, el tributo ascendería a $215.839.

En el caso de un trabajador casado con dos hijos y una remuneración bruta de $2.500.000, serían $22.225 lo que perdería en este concepto. Si el salario bruto fuera de $3.000.000, el monto a pagar ascendería a $109.024.

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La norma sería tratada la semana próxima en el Congreso.

La norma sería tratada la semana próxima en el Congreso.

¿Qué se sabe de las alícuotas del impuesto?

En cuanto a las escalas de alícuotas, según lo que se indica en el borrador, estas serán más progresivas y variarán en un rango del 5% al 35%. La tasa máxima comenzará a aplicarse a partir de un ingreso neto de $36.450.000 en adelante.

Según los considerandos de la norma, cuyo debate iniciaría la próxima semana, esto se lleva a adelante con un "equilibrio" dentro del esquema, que incorpora a "los ingresos a aquellos sujetos que evidencian una capacidad contributiva suficiente para ser alcanzados por el tributo, respetando la progresividad".

En lo que respecta a los pormenores del documento que circuló en las últimas horas, se especifica que el impuesto no se aplicará de manera retroactiva. Esto implica que los descuentos comenzarán a realizarse a partir del momento en que la ley sea publicada en el Boletín Oficial, y no se requerirá el pago correspondiente al período transcurrido desde el 1° de enero.

En el nuevo proyecto, por el momento, las deducciones personales experimentarían un aumento significativo, entre un 183,75% y un 186,65%, de ser aprobado en el Congreso de la Nación.

Sin embargo, no se prevén cambios en la deducción especial para ciertos jubilados y pensionados, que se mantiene en 8 haberes mínimos garantizados.

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