Aduana denunció a frigorífico por subfaturación de exportaciones
Se trata de la empresa Malefu S.A. que declaró las ventas en Argentina a un valor 38% más bajo del registrado en el país de destino. Para ello, la firma trianguló las operaciones en forma indebida, apelando a empresas intermediarias radicadas en EE.UU y España.
Un análisis de agentes especializados de la Dirección General de Aduanas detectó que, entre enero de 2022 y diciembre de 2022, un frigorífico subfacturó en un 38% sus exportaciones a Alemania.
La investigación realizada por el organismo constató que la firma Malefu S.A. apeló a triangulaciones indebidas para ahuecar la base imponible de la operatoria y faltar a la debida liquidación de divisas en nuestro país. En efecto, tal como lo detalla un comunicado del organismo llegado a esta redacción, mientras que la empresa documentó 20 exportaciones por 677.247,7 dólares en la Argentina, las importaciones en Alemania fueron registradas a un valor de 936.081,46 dólares. De esa manera, 258.833,76 dólares no ingresaron a nuestro país.
En el marco del acuerdo bilateral entre el gobierno de la República Argentina y el gobierno de la República Federal de Alemania sobre Asistencia y Cooperación mutua en temas aduaneros, el organismo descubrió que la firma exportadora trianguló las exportaciones al país europeo a través de intermediarios radicados en Estados Unidos y España.
Cabe destacar que no se observó un valor agregado en la mercadería que justificara el incremento del 38% en la refacturación al importador Alemán. A su vez, dado que las firmas intermediarias no mantienen relaciones comerciales con otras empresas argentina, se puede deducir que existe una "vinculación funcional" entre las partes intervinientes en las operaciones de exportación investigadas, de tal manera que la ausencia definitiva o temporal de alguna de ellas podría afectar la continuidad de la actividad o la propia existencia del sujeto local o del vinculado en el exterior.
Ante ello, la Dirección General de Aduanas solicitó explicaciones al exportador. Sin embargo, la información presentada por éste no logró justificar el accionar llevado. Tampoco se observa ningún valor agregado tangible aportado por los intermediarios para justificar los márgenes de refacturación.
Así, la Aduana denunció al frigorífico en los términos del artículo 863 del Código Aduanero por considerar la maniobra como una maniobra ardidosa y engañosa tendiente a obstaculizar las tareas de control del servicio aduanero. Por la infracción, la multa mínima estimada no debería ser inferior a 4.259.984,32 dólares en los términos del artículo 876, inciso c) del mismo código.
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