Ganancias

Ganancias: quiénes volverán a pagar (si pasa en el Senado)

La restitución del impuesto a las Ganancias es casi un hecho. ¿Cuáles son las nuevas escalas? ¿Quiénes volverán a pagarlo?

Después de una sesión maratónica de 29 hs., con decenas de discursos, cruces subidos de tono y todo el folclore que se suele dar en estos casos, los diputados aprobaron la reimposición del impuesto a las Ganancias sobre el salario. Si el Senado acompaña, se aplicarán nuevas escalas y casi un millón de personas deberán pagarlo.

De hecho, el impuesto alcanzaría a los trabajadores que tengan una remuneración bruta mensual de $1.800.000 (en términos netos, es un salario de $1.494.000) si no aplican deducciones por cónyuge ni por hijos, ni tampoco por determinados gastos que podrán descontarse del ingreso a los fines del cálculo del tributo.

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Otro cambio, que aprobaron los diputados por 135 votos positivos y 103 negativos, es que las escalas de alícuotas serán más progresivas y se moverán entre el 5 y el 35%. El máximo empezará a aplicarse a partir de un ingreso de $36.450.000.

El nuevo esquema, cuya aprobación final dependerá ahora de su tratamiento en el Senado, es una de las claves con las que las autoridades buscan mantener el superávit fiscal. En septiembre pasado (en los días de Sergio Massa en el ministerio de Economía) se había eliminado la cuarta categoría de Ganancias, lo que eximía del pago del tributo a más de 800.000 contribuyentes.

En el nuevo esquema, entre las 17 categorías contempladas, la más baja, con un salario bruto de hasta 1.800.000 pesos –que representa una remuneración neta o “en mano” de hasta $1.494.000– queda eximida del tributo, lo que se suele llamar “el mínimo no imponible para empleados solteros”.

Ejemplos que aclaran

A la hora de saber si toca o no toca, algunos ejemplos aclaran el panorama. Veamos: un asalariado con una remuneración bruta de $3.200.000 que no tenga deducciones ni por cónyuge ni por hijos, ni tampoco por gastos como alquiler o servicio doméstico, pagaría un impuesto mensual de $247.564,83.

Si se trata de alguien con ese mismo ingreso y soltero, pero que declara deducciones por dos hijos menores a 18 años, entonces el monto sería de $189.796,73 mensuales.

Así, el tributo equivaldría al 7,7% del sueldo bruto en el primer caso y al 5,9% en el segundo. En el caso de un trabajador casado con dos hijos menores a cargo, el pago por Ganancias será de $133.999,98, el 4,2% de su salario bruto.

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Diputados modificó el espectro de quiénes pagarán Ganancias.

Diputados modificó el espectro de quiénes pagarán Ganancias.

Con un salario bruto de $5.100.000, el descuento mensual por Ganancias sería de $821.050 para un soltero sin hijos, mientras que, si un empleado soltero con ese ingreso aplica deducciones por dos hijos, el impuesto sería de 735.408,07 pesos.

En esos supuestos, el impuesto representaría el 16,1% y el 14,4%, respectivamente, de la remuneración bruta. Para un empleado casado con dos hijos menores a cargo, el pago por Ganancias será de $659.999,97, el 12,9% de su salario bruto.

En el caso de un empleado soltero que tenga dos hijos menores a 18 años declarado a su cargo, el salario bruto más bajo alcanzado por el impuesto sería de $2.100.000, que equivale a un sueldo neto de 1.781.277,39 pesos. En el caso de un empleado casado con dos hijos menores a cargo, estará eximido del pago del impuesto con un salario bruto inferior a $2.400.000, es decir un sueldo neto de 2.081.277,39 pesos.

Embed - VOTACIÓN EN GENERAL: Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos | 29-4-24

Entre ajustes y deducciones

Si pasa la ríspida prueba del Senado, este nuevo esquema presenta aumentos de entre un 32,07% y un 150,73% respecto al proyecto de ley que presentó el gobierno de Javier Milei al Congreso en enero pasado.

Por otro lado, el proyecto establece que las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto se ajustarán anualmente por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

De esta manera, las deducciones personales aumentarán entre un 183,75% y un 186,65% y no hay cambios respecto a la deducción especial para determinados jubilados y pensionados que se mantiene en 8 haberes mínimos garantizados.

Con el nuevo proyecto, se eliminan deducciones por gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones, por material didáctico que se paga a docentes, entre otras. También, se deroga el incremento del 22% de las deducciones personales para los empleados y jubilados que residen en la zona patagónica.

Por otra parte, se eliminan exenciones para el aguinaldo, para la diferencia del valor de las horas extras y el de horas trabajadas en días feriados, inhábiles y durante los fines de semana, para determinados suplementos correspondientes al personal militar y para guardias obligatorias y horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud.

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