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Reforma laboral: el nuevo mapa del costo del despido

La Reforma Laboral redefine cómo se calculan las indemnizaciones, la antigüedad y los conceptos salariales. Qué cambia para empresas y trabajadores.

Por Gonzalo Martín Gutiérrez*

La reciente promulgación de la Ley de Reforma Laboral N.º 27.802 introduce un cambio de paradigma en la determinación de los pasivos laborales. Para el sector empresarial y los analistas de costos, la normativa busca acotar la incertidumbre mediante definiciones más precisas sobre qué conceptos integran la base indemnizatoria y cómo se computa el tiempo de servicio.

A continuación, los ejes técnicos fundamentales que reconfiguran el cálculo del despido sin justa causa:

1. El cómputo de la antigüedad: el límite de los dos años

La norma ratifica que la antigüedad se basa en el tiempo efectivamente trabajado, incluyendo contratos a plazo sucesivos. Sin embargo, introduce una cláusula de "caducidad" para el reconocimiento de servicios anteriores en casos de reingreso:

  • Regla de acumulación: se computa el tiempo de servicio anterior si el trabajador reingresa bajo las órdenes del mismo empleador.

  • La excepción técnica: si transcurren dos (2) años o más entre el cese original y el nuevo ingreso, la antigüedad previa no será computada para el nuevo cálculo. Este punto es vital para la proyección de contingencias en empresas con alta rotación o recontratación estacional.

2. Definición de la base remuneratoria

El artículo 245 se redefine bajo criterios de habitualidad y normalidad, buscando reducir las interpretaciones judiciales divergentes o dudosas:

  • Exclusión de conceptos no mensuales: la base de cálculo será la mejor remuneración mensual, normal y habitual. Se excluyen explícitamente el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo), las vacaciones y premios que no tengan frecuencia mensual.

  • Criterio de habitualidad: se consideran habituales los conceptos devengados como mínimo seis (6) meses dentro del último año calendario.

  • Tratamiento de variables: para horas extra o comisiones, se debe tomar el promedio de los últimos seis meses o del último año, aplicando el que resulte más favorable al trabajador.

  • Topes convencionales y el "piso" del 67%: la ley mantiene el sistema de topes de CCT e introduce definitivamente la regla Vizzoti, la cual indica que ninguna base indemnizatoria (especialmente para personal “fuera de convenio” o “jerárquico”) podrá ser inferior al 67% de la remuneración.

3. Hacia un modelo de financiación: el FAL

Quizás el cambio con mayor impacto es el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que se presenta como una herramienta técnica que complementa el nuevo esquema de desvinculaciones.

La ley establece un esquema de neutralidad fiscal o alivio de carga directa: las alícuotas de contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) se reducen proporcionalmente (del 16% al 15% en grandes empresas y del 13,5% al 11% en MiPyMEs) para compensar el nuevo aporte al FAL, permitiendo que el costo laboral total no se incremente significativamente mientras se prefinancia el pasivo contingente de las indemnizaciones.

Con estas modificaciones, el marco legal intenta ofrecer una hoja de ruta más clara para la previsión financiera de las empresas, esperando que disminuyan los índices de litigiosidad que claramente repercuten en el costo de las empresas de manera directa e indirecta.

* Contador Público Nacional. [email protected]

C. S. B. & ASOC./www.csbya.com.ar

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