Según la especialista, el PPWR no distingue entre operadores europeos y extranjeros, por lo que sus disposiciones alcanzarán también a las empresas exportadoras de terceros países que comercialicen productos en el bloque comunitario. El reglamento establece requisitos más estrictos para garantizar que los envases sean reciclables, incorporen materiales reciclados y reduzcan al mínimo el volumen de residuos generados.
Pay advirtió que, si bien el reglamento ya define un marco general, aún existen aspectos técnicos que deberán ser precisados mediante directrices y actos de ejecución de la Comisión Europea. Entre ellos figuran los formatos de etiquetado, los criterios para determinar excepciones y los métodos para identificar la composición de los materiales, lo que obliga a exportadores, proveedores e importadores a monitorear permanentemente la evolución de la normativa.
Nuevas responsabilidades
Uno de los aspectos más relevantes es que el PPWR no se limita a los envases plásticos. La regulación considera cualquier elemento utilizado para contener, proteger, transportar o presentar un producto, incluyendo cajas de cartón, bandejas, bolsas, embalajes de madera, vidrio, aluminio y acero, además de envolturas para pallets y otros materiales utilizados durante la exportación de fruta fresca.
La exposición también puso énfasis en la correcta interpretación de los roles definidos por la normativa europea, cuyos conceptos difieren de la terminología utilizada habitualmente por la industria frutícola. En este contexto, el "productor" corresponde al operador establecido dentro de la Unión Europea que introduce el producto por primera vez en el mercado comunitario, mientras que el "fabricante" es quien comercializa el producto bajo su nombre o marca.
Esta distinción cobra especial importancia porque será el fabricante quien asumirá la responsabilidad legal de demostrar que el envase cumple con todas las exigencias del reglamento. Para ello deberá realizar una evaluación interna de conformidad, elaborar un expediente técnico con antecedentes sobre diseño, fabricación y desempeño del envase, y emitir una Declaración de Conformidad (DOC) que certifique formalmente el cumplimiento de la normativa.
La documentación deberá mantenerse disponible para las autoridades europeas, que podrán solicitarla en un plazo de diez días durante una fiscalización. Además, cada formato de envase requerirá su propia declaración y expediente técnico, por lo que no será posible utilizar un mismo documento para distintos fabricantes o diseños.
Las empresas deberán revisar sus envases, fortalecer el trabajo con proveedores y mantener documentación técnica disponible para evitar sanciones o restricciones de acceso al mercado de la Unión Europea.
El reglamento también incorpora restricciones sobre sustancias consideradas preocupantes. Entre las primeras exigencias que entrarán en vigor figuran límites para metales pesados presentes en cualquier tipo de envase y la prohibición de determinados compuestos PFAS en materiales destinados al contacto con alimentos. Para acreditar el cumplimiento, las empresas deberán solicitar certificados y análisis a sus proveedores de envases y materiales.
Reciclabilidad, restricciones y riesgos de incumplimiento
En materia de sostenibilidad, el PPWR establece una hoja de ruta de largo plazo que contempla que todos los envases comercializados en la Unión Europea sean reciclables hacia 2030 y reciclados eficazmente a gran escala para 2035. Asimismo, fija metas de contenido reciclado para 2030 y 2040, además de restricciones al exceso de volumen y espacio vacío en determinados embalajes.
Otro cambio relevante afectará directamente al sector frutícola. Desde 2028, las etiquetas adhesivas colocadas sobre las frutas, como los códigos PLU, deberán ser al menos compostables industrialmente. Paralelamente, a partir del 1 de enero de 2030, se prohibirán determinados envases plásticos de un solo uso para frutas y hortalizas frescas preenvasadas en cantidades inferiores a 1,5 kilos, aunque la normativa contempla posibles excepciones para productos que requieran protección adicional por razones de conservación o seguridad alimentaria.
Pay señaló que las empresas establecidas fuera de la Unión Europea podrán designar un representante autorizado dentro del bloque para facilitar la gestión documental y la relación con las autoridades. Sin embargo, aclaró que esta figura no reemplaza la responsabilidad legal del fabricante respecto del cumplimiento de la normativa.
La secretaria general de SFA advirtió que las consecuencias del incumplimiento pueden ir mucho más allá de las sanciones administrativas. Un producto cuyo envase no cumpla con el PPWR podría ser retenido en aduanas, retirado del mercado o quedar impedido de comercializarse legalmente en la Unión Europea. Además, los costos derivados de multas, almacenamiento o eliminación de mercancías podrían ser transferidos contractualmente por los importadores europeos a los exportadores.
Frente a este escenario, el principal desafío para la industria será prepararse con anticipación. Más allá de revisar los materiales utilizados en sus envases, las empresas deberán identificar claramente el rol que desempeñan en cada operación, fortalecer la coordinación con sus proveedores e importadores y contar con expedientes técnicos sólidos que respalden el cumplimiento. Aunque persisten definiciones pendientes, el calendario regulatorio ya está en marcha y la capacidad de demostrar conformidad será tan importante como cumplir con la nueva normativa.
FUENTE: Frutas de Chile con aportes de Redacción +P.