Empleo

Empleo no registrado: cómo acceder al nuevo régimen que permite regularizar trabajadores con importantes beneficios

El Régimen de Promoción del Empleo Registrado permite blanquear trabajadores con quitas de deuda, beneficios fiscales y planes de pago especiales. Conocé quiénes pueden adherirse.

Por María Florencia Simos*

En un contexto donde la informalidad laboral sigue siendo uno de los principales desafíos del mercado de trabajo argentino, el Gobierno nacional puso en marcha una herramienta central de la reforma de modernización laboral: el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER).

Reglamentado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a través de la Resolución General 5862/2026, este programa busca incentivar a los empleadores a regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas mediante importantes beneficios fiscales.

Quiénes pueden acceder

El PER está dirigido a empleadores del sector privado que tengan trabajadores en relación de dependencia iniciada hasta el 5 de marzo de 2026, inclusive, y que se encuentren vigentes al momento de la adhesión.

El plazo para incorporarse al régimen se extiende hasta el 28 de noviembre de 2026, permitiendo incluir obligaciones vencidas hasta octubre de ese mismo año.

Cuáles son sus beneficios para los empleadores

La regularización de las relaciones laborales produce los efectos previstos en la Ley 27.802, entre ellos:

• Extinción de la acción penal.

• Baja del REPSAL respecto de las infracciones alcanzadas.

• Condonación de deuda por aportes, contribuciones e intereses.

Condonación parcial

Dependiendo del tipo de empleador, la reducción alcanza:

-90%: micro y pequeñas empresas (certificado MiPyME) y entidades sin fines de lucro.

-80%: medianas empresas (tramos 1 y 2).

-70%: demás empleadores (grandes empresas).

Esta condonación abarca aportes y contribuciones vinculados a diferentes subsistemas de la seguridad social:

-Sistema Integrado Previsional Argentino.

-Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

-Sistema Nacional de Obras Sociales.

-Fondo Nacional de Empleo.

-Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.

Condonación total

Se condona el 100% de la deuda correspondiente a:

-Régimen Nacional del Seguro de Salud (Ley N.º 23.661 y sus modificaciones).

-Ley de Riesgos del Trabajo (Ley N.º 24.557 y sus modificaciones).

-Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO).

Para acceder a los beneficios previstos para micro, pequeñas y medianas empresas, los empleadores deberán contar con el Certificado MiPyME vigente a la fecha de adhesión al régimen.

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El Gobierno puso en marcha un nuevo régimen para promover el empleo registrado, con amplias condonaciones de aportes y facilidades para regularizar personal.

El Gobierno puso en marcha un nuevo régimen para promover el empleo registrado, con amplias condonaciones de aportes y facilidades para regularizar personal.

Impacto en los trabajadores

Más allá del beneficio impositivo para las empresas, la regularización también tiene efectos directos sobre los trabajadores.

El blanqueo de la relación laboral permite:

• Reconocer los años trabajados para la jubilación.

• Acceder a prestaciones como pensiones o retiros por invalidez.

• Habilitar el acceso al seguro de desempleo.

En este sentido, el régimen no solo apunta a aliviar la situación fiscal de los empleadores, sino también a restituir derechos laborales básicos.

Modalidades de pago de la deuda no condonada

Una vez aplicada la condonación, el saldo remanente puede cancelarse de dos formas:

1. Pago al contado (con reducción adicional)

• Se reduce otro 50% sobre la deuda ya condonada.

• El empleador paga solo la mitad del saldo remanente.

• Se gestiona a través de “Mis Facilidades”, generando un VEP.

2. Plan de facilidades de pago en cuotas

Tipo de empleador | Cuotas | Pago a cuenta

  • Micro y pequeñas empresas / entidades sin fines de lucro | Hasta 72 cuotas | 3%
  • Medianas empresas | Hasta 48 cuotas | 4%
  • Demás empleadores | Hasta 36 cuotas | 5%

Cómo adherirse

El proceso requiere:

  • Registrar a los trabajadores en el sistema de Simplificación Registral.
  • Presentar las declaraciones juradas correspondientes.
  • Gestionar el pago o el plan de facilidades a través de “Mis Facilidades”.

Caducidad del beneficio

Se prevé la caducidad del plan en caso de falta de cancelación de dos cuotas consecutivas o alternadas (a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas) o por la falta de ingreso de una cuota, a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

En caso de caducidad del plan, se establece la pérdida de los beneficios del régimen, quedando ARCA habilitada para determinar la deuda correspondiente a las relaciones laborales y los períodos que se pretendieron regularizar.

Un paso hacia la formalización laboral

El Régimen de Promoción del Empleo Registrado se presenta como una herramienta clave para avanzar en la formalización laboral en Argentina.

Permite a los empleadores regularizar su situación con costos reducidos, al tiempo que brinda a los trabajadores la posibilidad de recuperar años de aportes, acceder a cobertura y contar con protección social.

El desafío, ahora, será que esta medida no quede solo en una posibilidad, sino que se traduzca en empleo registrado real y en mejores condiciones laborales a largo plazo.

*Contadora Pública Nacional/[email protected]

C. S. B. & ASOC./www.csbya.com.ar

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