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Directivos de gigante lácteo a la Justicia por fraude previsional: La deuda supera los $1.644 millones

¿Colapso financiero o desvío criminal? La fiscalía pide procesar a cúpula de SanCor por retención indebida de aportes de seguridad social.

El panorama judicial vuelve a complicar a una de las cooperativas lácteas más emblemáticas de Argentina, SanCor Cooperativas Unidas Limitadas. Esta semana, la fiscalía federal de Rafaela escaló la gravedad de la situación financiera de la firma al solicitar formalmente el procesamiento de dos exautoridades por apropiación indebida de recursos de la seguridad social. El monto en juego es alarmante y revela una gestión con serias inconsistencias: más de $1.644 millones retenidos y no depositados.

El requerimiento de elevación a juicio apunta directamente contra José Pablo Gastaldi y Alberto Eduardo Sánchez. Ambos ejercieron la máxima autoridad en el Consejo de Administración de la cooperativa en un período crítico: entre febrero de 2020 y enero de 2024. Según el dictamen fiscal, este lapso coincide con la sistemática retención de los aportes correspondientes a los trabajadores, sin que los fondos fueran ingresados a los sistemas de jubilaciones, pensiones y obras sociales, constituyendo una violación directa a la legislación vigente.

Detalles de la imputación y figuras legales

El análisis pormenorizado del caso, sustentado en reportes clave del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) y los datos fiscales de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), fue concluyente. La investigación determinó que la cooperativa, actuando como agente de percepción y retención, incumplió su obligación de depositar los fondos durante un total de 33 períodos fiscales.

La imputación individualiza las responsabilidades:

  • A José Pablo Gastaldi se le atribuyen 17 hechos de apropiación indebida, cometidos entre los años 2020 y 2022.
  • A Alberto Eduardo Sánchez se le imputan 16 hechos similares, correspondientes a los años 2022, 2023 y enero de 2024.

Ambos exdirectivos enfrentan cargos en concurso real y en carácter de autor de los ilícitos. La fiscalía ha solicitado que el juez interviniente disponga su procesamiento conforme lo establece el artículo 306 del Código Procesal Penal de la Nación. En el contexto de los delitos económicos, la apropiación indebida de aportes previsionales es considerada un delito de gravedad, afectando directamente la estabilidad económica y social de los trabajadores.

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La fiscalía de Rafaela impulsa el procesamiento por la deuda de SanCor: más de $1.644 millones.

La fiscalía de Rafaela impulsa el procesamiento por la deuda de SanCor: más de $1.644 millones.

Origen y trayectoria de la causa judicial

El expediente no surge de una inspección de oficio, sino de la acción directa de los afectados. La causa se inició a partir de denuncias penales presentadas por empleados de las plantas de Sunchales y Don Torcuato. Fueron los propios trabajadores quienes detectaron la omisión y la falta de transferencia de los aportes que habían sido descontados de sus haberes.

Este punto es crucial para el análisis del caso, ya que subraya la vulnerabilidad del sistema de control interno y la necesidad de una vigilancia constante por parte de los cuerpos de representación gremial y los propios asociados de la cooperativa.

Tras un inicial conflicto de jurisdicción, la justicia federal asumió la competencia tras la declaración de incompetencia de la justicia provincial, lográndose la acumulación de las causas en el fuero federal de Rafaela. Este movimiento garantizó un tratamiento unificado y especializado de la compleja materia económica y previsional.

La postura de los acusados

Durante la etapa de indagatoria, si bien los imputados se abstuvieron de declarar, el dictamen fiscal destaca que no negaron los hechos que se les atribuyen. Esta estrategia procesal, sumada a la contundencia de la prueba documental (AFIP, INAES), refuerza la posición de la acusación.

En cuanto a las medidas de coerción, la fiscalía fue cautelosa. Se consideró suficiente y proporcionada la obligación de informar cualquier cambio de domicilio. La decisión se fundamenta en que los acusados carecen de antecedentes penales previos, poseen domicilio fijo declarado y actividad laboral registrada, y han cumplido con todas las citaciones judiciales. Esta postura busca garantizar el desarrollo del proceso sin afectar la libertad ambulatoria, mientras se avanza hacia la definición de la situación procesal de los exdirectivos.

El avance de esta causa es de sumo interés para el sector, no solo por la magnitud de la deuda de $1.644 millones, sino por el precedente que sentará respecto a la responsabilidad penal de los cuadros directivos en la gestión de los recursos de la seguridad social.

Fuente: agencias con aportes de +P

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