Unión Europea

La Unión Europea impone "residuo cero" a fungicida clave en cítricos y manzanas desde 2026

Bruselas endurece los niveles máximos de residuos en frutas y hortalizas y establece cambios clave que impactarán el comercio internacional a partir de 2026.

La Unión Europea ha dado un nuevo paso en su estrategia de refuerzo de la seguridad alimentaria al aprobar el Reglamento (UE) 2026/215, una norma que modifica los anexos II y V del Reglamento (CE) n.º 396/2005 y actualiza los límites máximos de residuos (LMR) para tres sustancias activas ampliamente utilizadas en la agricultura: dimoxistrobina, etefón y propamocarb. La medida, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea, obligará a productores, exportadores e importadores a revisar de inmediato sus estrategias de manejo fitosanitario.

Dimoxistrobina: del control de hongos al “residuo cero” técnico

El cambio más contundente recae sobre la dimoxistrobina, un fungicida empleado para el control de enfermedades causadas por hongos en cultivos de frutas y hortalizas. Esta sustancia pertenece al grupo de las estrobilurinas y ha sido utilizada principalmente para prevenir patologías como oídios y otras afecciones fúngicas que afectan la calidad comercial de los frutos. Sin embargo, tras la no renovación de su aprobación como sustancia activa en la Unión Europea, Bruselas ha decidido fijar sus LMR en el límite de determinación analítica (LOD) para todos los productos. En la práctica, esto implica una política de “residuo cero” técnico: cualquier presencia detectable por encima del umbral mínimo podría dar lugar a rechazos comerciales.

La decisión responde a evaluaciones científicas y a la aplicación del principio de precaución que rige la normativa comunitaria en materia de seguridad alimentaria. Para el sector hortofrutícola, la eliminación efectiva de la dimoxistrobina supone un desafío significativo, ya que obliga a sustituir este fungicida por alternativas autorizadas o por estrategias integradas de control biológico y manejo agronómico.

Ajustes en etefón y propamocarb: impacto en cítricos y manzanas

En cuanto al etefón, la revisión se centra en la adecuación de los límites permitidos en distintos cultivos para asegurar que no existan riesgos para el consumidor ni a corto ni a largo plazo. El etefón es un regulador del crecimiento vegetal que libera etileno, una hormona natural de las plantas. Se utiliza principalmente para acelerar y homogeneizar la maduración de frutos, facilitar la coloración en cítricos y mejorar la uniformidad de la cosecha. También se emplea para favorecer la caída controlada de frutos o flores en determinadas especies. La actualización de sus LMR responde a nuevos análisis de exposición dietética realizados por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), que ha recalculado los márgenes de seguridad a partir de datos recientes de consumo y toxicidad.

Por su parte, el propamocarb, un fungicida sistémico utilizado contra patógenos del suelo y enfermedades como el mildiu, también ve modificados sus niveles permitidos. Este producto es habitual en cultivos hortícolas intensivos —como lechuga, pepino o tomate— donde se aplica tanto en tratamientos foliares como en riego. La normativa ajusta los LMR basándose en datos actualizados de buenas prácticas agrícolas y en nuevas evaluaciones toxicológicas. El objetivo es mantener la eficacia en el control de enfermedades sin comprometer la protección del consumidor.

naranja chile
El Reglamento (UE) 2026/215 modifica los límites máximos de residuos (LMR) de dimoxistrobina, etefón y propamocarb en frutas y hortalizas comercializadas en la Unión Europea.

El Reglamento (UE) 2026/215 modifica los límites máximos de residuos (LMR) de dimoxistrobina, etefón y propamocarb en frutas y hortalizas comercializadas en la Unión Europea.

Uno de los puntos más relevantes para el comercio internacional es la modificación específica de ciertas combinaciones sustancia-cultivo. El reglamento establece nuevos LMR de 0,01 ppm para limones y naranjas, y 0,7 ppm para manzanas, que serán aplicables a partir del 19 de agosto de 2026. Estos valores obligarán a una planificación anticipada por parte de exportadores de terceros países, que deberán garantizar que sus envíos cumplan con los estándares europeos para evitar rechazos en frontera.

El calendario de entrada en vigor también es clave. La norma entrará en vigor veinte días después de su publicación —prevista para finales de enero de 2026— y su aplicación general comenzará el 19 de febrero de 2026. No obstante, se contemplan periodos transitorios para evitar disrupciones bruscas en el mercado: los productos producidos o importados legalmente antes de la modificación podrán seguir comercializándose, siempre que se asegure un elevado nivel de protección al consumidor. En el caso de la dimoxistrobina, las restricciones serán más estrictas debido a la expiración de sus periodos de gracia.

Desde asociaciones agrarias y entidades exportadoras se recomienda revisar de inmediato los protocolos de tratamiento, los calendarios de aplicación y los análisis de residuos previos a la comercialización. La actualización normativa confirma la tendencia de la Unión Europea hacia estándares cada vez más exigentes en materia de residuos fitosanitarios, reforzando su posicionamiento como uno de los mercados con mayores niveles de control sanitario a escala global.

Para la industria hortofrutícola, el mensaje es claro: adaptación tecnológica, mayor control analítico y apuesta por prácticas agrícolas sostenibles serán claves para mantener el acceso al mercado comunitario en un contexto regulatorio cada vez más estricto.

Fuente: Redacción +P con aportes de medios internacionales.

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