conejo

Juez fueguino declaró "sintientes" a los conejos invasores y el campo teme por el jabalí

El fallo cerró sin resolver la causa del control letal en Ushuaia, pero en sus fundamentos reconoció derechos a una especie exótica considerada plaga.

Para los productores que reclaman control de plagas y predadores, el fallo no deja de ser una señal de alerta que demoró 6 años en salir. Ese es el tiempo que se tomó la Justicia Federal de Ushuaia en cerrar una causa que, en los papeles, ya no tenía objeto. El 28 de agosto, el juez federal Federico Calvete declaró abstracto el expediente iniciado en 2020 contra el Centro Austral de Investigaciones Científicas (CADIC-CONICET), que había planeado controlar con fosfuro de aluminio —un compuesto que libera un tóxico como es el gas fosfina— la población de conejos europeos (Oryctolagus cuniculus) que perforaba con sus madrigueras el predio del organismo, sobre la bahía de Ushuaia. El método nunca se aplicó y el propio CADIC terminó descartándolo.

Hasta ahí, un trámite. Pero en los considerandos de la resolución, el magistrado fue más allá de lo que el caso le pedía: sostuvo que los conejos pueden ser una especie invasora, pero consideró al mismo tiempo que son "seres sintientes", que deben ser considerados "sujetos de derechos no humanos" con "derechos fundamentales", y que no pueden ser tratados como "un automóvil o un inmueble".

El juez Calvete declaró "sintientes" a los conejos invasores y reavivó la polémica con el campo.

El juez Calvete declaró "sintientes" a los conejos invasores y reavivó la polémica con el campo.

Un expediente cerrado que dejó abierta la discusión

La causa la impulsó la asociación Amigos del Reino Animal Fueguino (ARAF), con el patrocinio de la abogada Eugenia Martinco, y se sumó la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA), la misma entidad que años atrás llevó a los tribunales los casos de la orangutana Sandra y la chimpancé Cecilia.

En 2020, Calvete ordenó suspender el plan mediante una medida cautelar. El CADIC argumentaba que las madrigueras comprometían los cimientos de su edificio y que los conejos causaban daño ambiental en la zona. Con el tiempo, el CONICET descartó la fosfina y sometió otras alternativas a evaluación ambiental. Por eso el juez concluyó que "no existe caso en términos judiciales".

Sin embargo, en la misma resolución dejó asentado que las organizaciones demostraron "los derechos que asisten a los animales no humanos, y que también merecen protección judicial", y fundamentó su postura en el consenso científico: "Los expertos en la materia coinciden de forma unánime respecto de la sintiencia de los demás animales, en tanto pueden comprender emociones básicas, por lo que son sujetos de derechos no humanos".

Para Martinco, ahí está el núcleo. "Es una de las primeras veces que en Tierra del Fuego se logra esta jurisprudencia en la cual el juez los declara sujetos de derecho; es decir, que no son objetos, no son cosas al servicio" de las personas, explicó a Radio Universidad.

El juez declaró sintientes a los conejos del CONICET en Ushuaia y encendió una polémica.

El juez declaró sintientes a los conejos del CONICET en Ushuaia y encendió una polémica.

Sintiente como categoría con respaldo científico

La sintiencia es la capacidad de un animal de tener experiencias subjetivas: de vivir situaciones como positivas o negativas, de sentir dolor, miedo o bienestar. No se trata de inteligencia ni de parentesco con el ser humano, sino de la posibilidad de sufrir.

El concepto tiene dos hitos científicos. El primero es la Declaración de Cambridge sobre la Conciencia, firmada el 7 de julio de 2012 por un grupo internacional de neurocientíficos, que afirmó que los animales no humanos —incluidos todos los mamíferos y las aves— poseen los sustratos neurológicos que generan estados de conciencia y comportamientos intencionales. El segundo es la Declaración de Nueva York sobre la Conciencia Animal, presentada el 19 de abril de 2024, que fue más lejos: sostiene que la evidencia es sólida en mamíferos y aves, y que hay una "posibilidad realista" de conciencia en reptiles, anfibios, peces y muchos invertebrados. Sus firmantes plantearon que, ante esa posibilidad, es irresponsable ignorarla en las decisiones que afectan a esos animales.

El conejo es un mamífero. Por lo tanto, cae de lleno dentro del grupo sobre el que la ciencia tiene menos dudas. Y ahí está la clave del fallo: el juez no se apoyó en la rareza ni en la fragilidad de la especie, sino en una condición biológica que comparte con cualquier otro mamífero, sea nativo o exótico, silvestre o de granja.

El campo patagónico mira con recelo la decisión judicial que protege a especies plaga.

El campo patagónico mira con recelo la decisión judicial que protege a especies plaga.

De Sandra y Cecilia a una población silvestre e invasora

El pronunciamiento se inscribe en una línea que Argentina inauguró a nivel mundial. En octubre de 2015, la jueza porteña Elena Liberatori reconoció a la orangutana Sandra, alojada en el zoológico de Buenos Aires, como "persona no humana", cuestionando la clasificación de los animales como "cosas semovientes". En 2016, la jueza mendocina María Alejandra Mauricio hizo lo propio con la chimpancé Cecilia, que terminó trasladada a un santuario en Brasil.

La diferencia con aquellos casos es sustancial. Sandra y Cecilia eran individuos, grandes simios, en cautiverio. Lo de Calvete recae sobre una población silvestre de una especie catalogada como plaga en Tierra del Fuego y considerada por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) como uno de los cien organismos exóticos invasores más perjudiciales del mundo.

El fallo sobre los conejos evoca el histórico antecedente de Sandra y Cecilia.

El fallo sobre los conejos evoca el histórico antecedente de Sandra y Cecilia.

El jabalí, el espejo incómodo para el campo patagónico

El fallo llega en un momento en que la dirigencia rural patagónica empuja en sentido contrario: más herramientas para bajar poblaciones de especies que dañan la producción. El 4 de septiembre, la Legislatura de Río Negro sancionó por 35 votos contra 6 la nueva Ley Provincial de Carnes, que habilita la faena y comercialización formal de fauna silvestre, con el jabalí como eje. La Federación de Sociedades Rurales de Río Negro, que preside Leandro Ballerini, respaldó la reforma, y Daniel Lavayen, representante rionegrino en la Mesa Ejecutiva de CRA, destacó que la provincia avance sobre el control de esa especie.

El jabalí es, como el conejo, un exótico invasor. Y su impacto sobre la ganadería menor está concentrado en la parición, cuando los corderos, en sus primeras 48 horas de vida, quedan expuestos a un animal de hábitos nocturnos. A eso se suman daños en cultivos, pasturas y alambrados. Las especies exóticas invasoras, jabalí incluido, provocan en la Argentina pérdidas estimadas en hasta 1.380 millones de dólares por año.

Las herramientas de control son justamente las que un planteo como el de ARAF podría poner en discusión. Un relevamiento en establecimientos del noreste patagónico registró que el 88% de los productores con ovinos realizó acciones de control, y que el método más usado es la jaula-trampa (70% de los encuestados), seguido por la caza con jauría (50%). El veterinario del INTA Martín Abad, que diseñó trampas para la especie, cita estudios según los cuales hay que extraer entre el 50 y el 60% de la población cada año solo para mantenerla estable; por debajo de eso, sigue creciendo.

El fallo a favor de los conejos genera preocupación en la Patagonia por el jabalí.

El fallo a favor de los conejos genera preocupación en la Patagonia por el jabalí.

Una luz de alerta, todavía no un veto

El fallo de Calvete no prohíbe nada y no sienta precedente. Al declarar la causa abstracta, el juzgado evitó definir qué métodos de control son admisibles, y sus consideraciones sobre la sintiencia no obligan a otros tribunales. Tampoco niega que el conejo sea una plaga: el propio CONICET sigue evaluando alternativas para manejarlo.

Pero deja un antecedente escrito, firmado por un juez federal patagónico, que cualquier organización proteccionista podrá invocar la próxima vez que un organismo público, una sociedad rural o un productor impulse un plan de control letal. Y como el argumento se apoya en una condición que comparte todo mamífero, su alcance potencial no se limita a los conejos: puede alcanzar al jabalí y, por extensión, a los predadores que hoy diezman majadas y rodeos en la meseta.

La tensión de fondo queda sin resolver. Por un lado, el reconocimiento de derechos a nivel individual. Por el otro, la necesidad —admitida por científicos, autoridades ambientales y productores— de reducir poblaciones que no deberían estar ahí. Para el campo patagónico, que viene reclamando herramientas más ágiles contra las especies que se comen su producción, el mensaje desde Ushuaia es claro: la discusión sobre cómo controlar ya no será solo técnica ni económica. También puede ser judicial.

FUENTE: Redacción +P

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