Preocupación porque podría limitar las compras de carnes
El bloque comercial aprobó una resolución que prohibirá la comercialización de de distintos productos que estén asociados a la deforestación y la degradación forestal. La norma comenzará a regir en 2025.
El 29 de junio la Unión Europea (UE) aprobó una resolución que prohibirá la comercialización de carne bovina, soja, cacao, madera, café y palma aceitera y productos derivados, que estén asociados a la deforestación y la degradación forestal. La normativa se aplicará a partir del 1º de enero de 2025.
Los importadores solo comprarán materias primas y productos libres de deforestación, que hayan sido producidos en conformidad con la legislación conforme del país de producción y estén amparados por una declaración de diligencia debida. Para la Argentina, el problema es muy importante ya que ese destino representa entre 6 y 10% de la carne vacuna, que también incluye cueros, menudencias, alimentos para mascotas que contienen harina de hueso y de carne, entre otros. También podría repercutir entre el 20 y el 22% del negocio anual de soja.
Gran parte del norte argentino podría ingresar en este esquema restrictivo teniendo en cuenta que es en esta región donde se producen las mayores tasas de deforestación para dar paso a la producción agropecuaria.
En definitiva, carne y soja son los productos que estarían mayormente afectados por esta medida. Si bien la mayor parte de las exportaciones no tendrán problemas en ingresar por la trazabilidad que presentan, la medida limita ampliar la frontera productiva de manera racional y sustentable en el país.
En este contexto, a partir del 2025, los gobiernos europeos exigirán y requerirán a los importadores que certifiquen la trazabilidad del producto comprado. Se deberá contar con la descripción del producto, la cantidad, la identificación del país de producción, las coordenadas de geolocalización del establecimiento de producción (fecha o intervalo temporal de producción), los datos de las empresas y proveedores relevantes y datos de clientes también relevantes. En caso de no cumplir con la documentación pertinente, se pondrá una multa del 4% de la facturación anual del importador. Esta información se guardará por cinco años y puede ser revisada en ese lapso las veces que se crea conveniente.
Para la mayor parte de la dirigencia agropecuaria consultada, esta medida no deja de ser una barrara paraarancelaria más de las que proyecta implementar el viejo continente en el próximo quinquenio.
Para los especialistas en el tema, los cambios geopolíticos son los que están generando un mayor proteccionismo en las economías desarrolladas. Existe un reacomodamiento sobre la globalización comercial que conocíamos hasta ahora.
Este reglamento no tiene intervención estatal, los empresas individuales están obligadas a cumplir pero no el Estado. Tienen hasta el 31 de diciembre de 2024 para presentar la documentación correspondiente que justifique que sus exportaciones presentan bajo riesgo de deforestación agregada. Según la resolución de la UE, las tres categorías existentes tendrán diferente control en los embarques: si el país es de bajo riesgo revisarán al azar el 1% de los embarques; si es estándar, el 3%, y si el país está catalogado como de alto riesgo de deforestación, un 9%.
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