La libreta sanitaria digital será obligatoria para caballos desde 2028. FOTO: SENASA
El SENASA establece la obligatoriedad del microchip para caballos y la implementación de documentos digitales a partir de 2028.
La identificación y la documentación sanitaria de los caballos tendrán un cambio importante en los próximos años. El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) actualizó el marco normativo para el registro y traslado de equinos y estableció un cronograma que llevará a la obligatoriedad de la documentación digital a partir del 1 de enero de 2028.
La medida, establecida mediante la Resolución 831/2026, busca avanzar hacia un sistema de identificación individual y trazabilidad de los animales, con herramientas que permitan mejorar los controles sanitarios y simplificar los trámites vinculados con su circulación.
Uno de los principales cambios será la incorporación obligatoria del microchip como mecanismo de identificación individual para los equinos que deban movilizarse. Este dispositivo permitirá asociar cada animal con sus datos de registro y documentación sanitaria, facilitando su seguimiento durante los movimientos y controles.
El cronograma de implementación contempla distintas etapas. A partir del 31 de diciembre de 2026, el organismo dejará de emitir nuevas libretas sanitarias equinas en formato papel. Luego, desde el 1 de marzo de 2027, será obligatorio que los animales que se movilicen cuenten con identificación electrónica mediante microchip.
El paso definitivo al sistema digital llegará el 1 de enero de 2028. Desde esa fecha, la Libreta Sanitaria Equina Digital (LSED) o el Pasaporte Equino Digitalizado (PED), siempre que estén registrados en el sistema de información sanitaria del SENASA, serán los documentos válidos para respaldar los movimientos de los animales.
Uno de los aspectos importantes de la nueva normativa es que no desaparecerán todos los documentos en papel. Las libretas sanitarias equinas emitidas antes de la entrada en vigencia de la resolución mantendrán su validez hasta el 31 de diciembre de 2027. Además, desde el 31 de diciembre de 2026 dejarán de imprimirse nuevas libretas en ese formato.
Sin embargo, los pasaportes equinos reconocidos por el SENASA tendrán un tratamiento diferente. Podrán continuar utilizándose en formato físico para acompañar a los animales durante sus traslados, siempre que hayan sido previamente digitalizados, incorporados al sistema oficial y se encuentren vigentes. Es decir, la documentación en papel seguirá teniendo validez en esos casos, pero deberá contar obligatoriamente con su correspondiente registro digital.
La nueva Libreta Sanitaria Equina Digital podrá gestionarse directamente a través del sistema de información sanitaria del SENASA o mediante aplicaciones digitales homologadas por el organismo. El objetivo es centralizar los datos de cada animal y facilitar el acceso a la información sanitaria, los antecedentes de vacunación, los diagnósticos y los tratamientos veterinarios.
Desde el organismo nacional señalaron que la actualización normativa apunta a mejorar la prevención de enfermedades, optimizar los controles sobre los movimientos de equinos y fortalecer la trazabilidad individual. La identificación electrónica permitirá verificar la correspondencia entre cada animal y la documentación que lo acompaña durante los traslados.
La resolución también alcanza a todas las personas físicas o jurídicas que sean propietarias, poseedoras o tenedoras de équidos, independientemente de la cantidad de animales que tengan. Por lo tanto, las nuevas exigencias no están limitadas a establecimientos comerciales o grandes productores, sino que comprenden a los distintos tenedores de caballos y otros équidos en todo el territorio nacional.
De esta manera, el SENASA inicia una transición gradual hacia un sistema unificado de identificación y documentación sanitaria. El cambio tendrá como eje la incorporación del microchip y la digitalización de los registros, con el propósito de contar con información más precisa sobre la población equina y mejorar la capacidad de respuesta ante eventuales emergencias sanitarias.
FUENTE: SENASA
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