Beneficios

Los nuevos beneficios para MiPyMEs que pueden reducir tus impuestos

Conocé los beneficios, ventajas vigentes y cómo acceder a rebajas impositivas, facilidades de pago y créditos clave para tu empresa.

Por Gonzalo Martín Gutiérrez*

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En un contexto económico desafiante, la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas se vuelve un pilar fundamental para la recuperación productiva del país. En este marco, el Certificado MiPyME se consolida como una herramienta clave para aliviar la carga fiscal, mejorar el flujo de fondos y fomentar la inversión. Obtener y mantener vigente esta acreditación no solo abre la puerta a importantes beneficios impositivos y financieros, sino que puede marcar la diferencia entre crecer, sostenerse o quedar rezagado frente a un escenario cambiante.

Las categorías de empresas MiPyMEs son las siguientes:

Consultos impositivo 24-11-25

A continuación, un repaso por los principales estímulos actualmente vigentes para quienes cuenten con el Certificado MiPyME.

Contribuciones patronales reducidas

Uno de los incentivos más relevantes es la alícuota reducida del 18% en contribuciones patronales. Este alivio impacta directamente en el costo laboral y permite a las empresas destinar más recursos a contratación, inversión y desarrollo. Este beneficio resulta aplicable para las empresas, excepto las que estén en las actividades de servicios, comercio y superen la categoría mediana tramo II.

Extracciones bancarias sin impuesto al retiro para micro y pequeñas

Las micro y pequeñas empresas están exentas del incremento en la tasa del impuesto aplicado a las extracciones de efectivo desde cuentas bancarias o cuentas de pago. Se aplicará el 0,6% en vez del 1,2%.

Compensación del impuesto al cheque con Ganancias

El certificado también habilita una de las ventajas más valoradas por los contribuyentes:

• Micro y pequeñas empresas: pueden compensar el 100% del impuesto al cheque con Ganancias.

• Medianas industriales tramo I: pueden compensar el 60%.

Créditos fiscales del impuesto al cheque aplicables a contribuciones

Las microempresas pueden computar hasta el 30% del impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales destinadas a SIPA, beneficio vigente para aportes devengados entre agosto de 2023 y diciembre de 2025.

Pago diferido del IVA a 90 días

Para micro y pequeñas empresas, el IVA declarado mensualmente puede pagarse recién a los 90 días. Esto mejora sustancialmente la liquidez, sobre todo para quienes operan con plazos largos de cobro.

Plan de facilidades de pago ampliado (RG ARCA 5777/2025)

La nueva normativa ofrece planes más extensos y accesibles:

• Micro y pequeñas: hasta 60 cuotas, con un anticipo reducido del 5%.

• Medianas tramo I y II: hasta 48 cuotas, con anticipo del 10%.

Certificados de exclusión de retenciones y percepciones

Las microempresas con buen comportamiento fiscal (categoría A en el SIPER) pueden obtener el certificado de exclusión de retenciones/percepciones de IVA sin requisitos adicionales.

Además, la RG ARCA 5623/2024 prorroga hasta diciembre de 2025 la exclusión para importaciones de bienes esenciales y de insumos productivos.

Pagos de importaciones más ágiles

Desde abril de 2024, la Com. A 7990 del BCRA permite que las MiPyMEs paguen importaciones a partir de los 30 días del registro aduanero.

En bienes de capital, se autoriza el pago anticipado de hasta el 20% del valor del bien, mejorando la previsibilidad del abastecimiento productivo.

Simplificación para solicitar el certificado de no retención de IVA

Tanto micro como pequeñas y medianas empresas pueden solicitar su exclusión de retención de IVA de forma simplificada si registran dos períodos consecutivos de saldo a favor.

Las empresas de construcción, minería y personas humanas prestadoras de servicios quedan excluidas del régimen.

Pera cosecha 5
Nuevas exenciones, menos cargas laborales y más flexibilidad tributaria para impulsar la competitividad del sector.

Nuevas exenciones, menos cargas laborales y más flexibilidad tributaria para impulsar la competitividad del sector.

Prioridad en devoluciones y saldos a favor

El Certificado MiPyME otorga prioridad en la tramitación de devoluciones, reintegros y acreditaciones, acelerando procesos que suelen tardar meses para contribuyentes sin este estatus.

Beneficios específicos para MiPyMEs exportadoras

Para empresas exportadoras, el Decreto 302/2021 permite:

• Exención del derecho de exportación hasta un monto FOB de USD 500.000.

• Entre USD 500.000 y USD 1.000.000, pagar solo el 50% de la alícuota correspondiente, siempre que las exportaciones del año anterior no superen los USD 3 millones.

Exclusión de retenciones en pagos con tarjeta de crédito

Las microempresas con certificado vigente quedan exentas de retenciones de IVA y Ganancias en pagos con tarjeta de crédito, un alivio importante para negocios con alto volumen de operaciones minoristas.

Resulta importante mencionar que el certificado MiPyME se emite en forma automática para los sujetos inscriptos en el IVA y la vigencia es hasta cuatro meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal. En este sentido, el cambio de categoría producido por el incremento en los parámetros resulta de suma importancia para que los contribuyentes revisen la emisión de los certificados y los mantengan actualizados.

El ecosistema MiPyME representa más del 99% del entramado empresarial argentino. Contar con el Certificado MiPyME no solo reduce costos fiscales y financieros, sino que también impulsa la formalización, facilita el acceso al crédito y mejora la competitividad.

* Contador Público Nacional. C. S. B. & ASOC. www.csbya.com.ar

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